Inserto el Bando Municipal del Ayuntamiento de Almonte para la Romería del Rocío para el 2026.
Las Cosas de Mariano Garrido
Mi trabajo, y mis aficiones.
sábado, 16 de mayo de 2026
miércoles, 13 de mayo de 2026
Reconocimiento Médico ¿Es obligatorio?
Recogido del perfil de Izaskun García Parada de Linkedin
🏥 RECONOCIMIENTO MÉDICO: ¿es obligatorio?
La obligatoriedad del reconocimiento médico en las empresas sigue generando dudas entre las personas trabajadoras.
🏭 ¿La empresa está obligada a ofrecer estos servicios?
Rotundamente SÍ.
El reconocimiento médico, tal y como establece el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, es un deber inexcusable de la empresa. Esta debe garantizar la vigilancia periódica de la salud de las personas trabajadoras y protegerlas frente a los riesgos inherentes a su actividad profesional.
Además, la Ley General de la Seguridad Social, en su artículo 197.2, señala que el incumplimiento de la obligación de realizar los reconocimientos médicos previos o periódicos convierte a la empresa en responsable directa de todas las prestaciones derivadas de una enfermedad profesional, independientemente de si tiene la cobertura con una Mutua o con una entidad gestora.
👤 ¿Es obligatorio para la persona trabajadora?
Con carácter general, no. La ley establece que la vigilancia de la salud solo puede llevarse a cabo con el consentimiento de la persona trabajadora, por lo que es voluntaria. Eso sí, en caso de no querer hacerlo hay que notificar la renuncia por escrito.
No obstante, existen situaciones en las que el reconocimiento médico sí es obligatorio:
Cuando sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de la plantilla.
Cuando sea necesario comprobar si el estado de salud de una persona puede suponer un riesgo para ella misma, para sus compañeras y compañeros o para terceras personas relacionadas con la actividad laboral.
Cuando así lo establezca una disposición legal en relación con la protección frente a riesgos específicos o actividades de especial peligrosidad.
🪙 ¿Quién asume ese coste?
Los costes de los reconocimientos médicos corren SIEMPRE a cargo de la empresa.
📋 ¿La empresa puede ver el resultado?
Los resultados, son absolutamente confidenciales. La empresa únicamente recibirá el “apto” o “no apto”, pero no tiene acceso a datos clínicos ni a información médica personal (no sabrá si tienes el colesterol alto).
👨🏽💻 Infografía de la mano de Mikel Herce González, que se ha encargado de resumir en una imagen el texto que os comparto.
lunes, 11 de mayo de 2026
Historias Publicadas del 29 de diciembre al 03 de enero del 2026
Historias públicas en mis redes sociales sobre Sanidad Animal en el Transporte de Animales Vivos y Explotaciones Ganaderas.
viernes, 1 de mayo de 2026
Plantilla para todo tipo de suscriptores
He realizado toda una plantilla para suscriptores, donde tenemos diversas partes en las que podemos obtener los datos de los clientes por distintos filtros.
Os muestro las fotografías de los filtros realizados
Aquí tenemos nuestra lista de suscriptores con los distintos campos.
Aquí hemos activado un filtro por la suscripción

Aquí hemos activado el filtro por suscriptores Activos, que podemos activar los suscriptores que ya se encuentran activos.
Hemos activado el filtro por tiempo, que tenemos cuatro opciones, tres por tiempos definidos, y otra que me muestre entre 0 días y el valor que introduzcamos.
Y el último filtro nos va filtrando mientras vayamos escribiendo letras del nombre del posible cliente.
sábado, 25 de abril de 2026
DESPIDO Y BAJA MÉDICA: ¿NULO AUTOMÁTICAMENTE?
Recogido del perfil de Linkedin de Izaskun García Parada
Durante años se ha asumido que un despido producido mientras la persona trabajadora está de baja médica debe considerarse nulo de pleno derecho.
Esta interpretación buscaba ofrecer una protección reforzada frente a decisiones empresariales que pudieran aprovecharse de una situación de vulnerabilidad. Sin embargo, la doctrina ha evolucionado. El Tribunal Supremo introdujo un cambio relevante y, más recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha vuelto a pronunciarse sobre una cuestión que cada vez aparece con más frecuencia en los juzgados: ¿Debe considerarse automáticamente nulo el despido de una persona en Incapacidad Temporal (IT) tras la entrada en vigor de la Ley 15/2022, de igualdad de trato y no discriminación?
La respuesta es clara: NO.
👩🏼⚖️ El caso analizado:
El asunto parte del despido disciplinario de una trabajadora que prestaba servicios como vendedora senior en una empresa del sector de perfumería.
En la carta de despido, la empresa imputaba a la trabajadora diversos incumplimientos laborales: mala atención a clientes, faltas de puntualidad y ausencias injustificadas, así como errores reiterados en los cierres de caja durante varios meses.
Aun así, la empresa reconoció en la propia carta la improcedencia del despido, poniendo a disposición de la trabajadora la indemnización legal de 33 días por año trabajado.
La trabajadora, que había estado en situación de IT por migraña en fechas cercanas al despido, presentó demanda solicitando la nulidad del despido, alegando que la extinción contractual se había producido como consecuencia directa de su estado de salud, invocando la Ley 15/2022.
El juzgado rechazó la nulidad y declaró el despido improcedente.
En este caso, la decisión empresarial se desvincula por completo de la incapacidad temporal y de la baja médica y se fundamenta en incumplimientos laborales reiterados, documentados con anterioridad y ajenos a cualquier referencia a la situación sanitaria de la trabajadora.
La Ley 15/2022 no establece una nulidad automática del despido por el simple hecho de que la persona trabajadora esté en situación de IT. Para que proceda la nulidad es imprescindible que exista un nexo causal entre la enfermedad y la decisión extintiva. Es decir, hay que demostrar que la causa real del despido fue la enfermedad o una consecuencia directa de esta.
👨🏽💻 Infografía de la mano de Mikel Herce González, que se ha encargado de resumir en una imagen el texto que os comparto.
viernes, 24 de abril de 2026
Historias de Sanidad Animal del 22 al 28 de diciembre del 2025
Historias públicas en mis redes sociales sobre Sanidad Animal en el Transporte de Animales Vivos y Explotaciones Ganaderas.
domingo, 19 de abril de 2026
Historias de Sanidad Animal del 16 al 21 de diciembre del 2025
Historias públicas en mis redes sociales sobre Sanidad Animal en el Transporte de Animales Vivos y Explotaciones Ganaderas.
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