Vamos a incluir el documento de acuerdo con la Orden de 29 de abril del 2015, por la que se regula la ordenación zootécnica, las condiciones de bienestar animal, sanitarias y de movimiento de los équidos y de las explotaciones equinas, y su inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.
Vamos a recordar las normas de acuerdo con dicha Orden y con una instrucción de la Junta de Andalucía del 19 de marzo del 2012:
El modelo es el Anexo I de la Orden de 29 de abril del 2015.
El talonario de la declaración responsable de limpieza y desinfección debe
constar de una hoja autocopiativa con dos ejemplares, uno de los cuales
se conservará por la persona titular del medio de transporte durante un
plazo de tres años, a disposición de la autoridad competente, y el otro
se acompañará en el movimiento.
Tener el Carné de aplicador de biocidas para la higiene veterinaria de nivel cualificado.
El transporte se realizará dentro del ámbito de la comunidad autónoma de Andalucía.
La persona titular de los animales y del medio de transporte coinciden.
El transporte no se realice con ánimo de lucro.
Se transporten como máximo dos équidos.
Una vez realizada la desinfección deberá realizar la Hoja de Control de Limpieza y Desinfección.Vamos a recordar las normas de acuerdo con dicha Orden y con una instrucción de la Junta de Andalucía del 19 de marzo del 2012:
Enlace en PDF
Certificado Desinfección
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