domingo, 25 de febrero de 2018

DESINFECCION DE LOS MEDIOS DE TRANSPORTES PARA ANIMALES


La normativa que regula la desinfección de los medios de transporte es: REAL DECRETO 1559/2005, de 23 de diciembre, sobre condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero.

¿Cuándo es necesario el Certificado de desinfección? 
El certificado de desinfección del vehículo es necesario para el transporte de los siguientes objetos o animales:
v  Animales de producción, incluidas las especies cinegéticas y los perros de reala, revocas o jaurias, pero exceptuadas las colmenas de abejas, los moluscos y los crustáceos.
v  Productos para la alimentación de dichos animales de producción, en lo sucesivo, productos para la alimentación de los animales.
v  Subproductos de origen animal no destinados a consumo humano.

Certificado. La realización de las operaciones de limpieza y desinfección en cada vehículo quedará justificada mediante la emisión del certificado o talón de desinfección en el que figuren como mínimo los datos que figuran en el anexo III del Real Decreto 1559/2005.
Además, una vez desinfectado el vehículo, se colocará el oportuno precinto o precintos sobre las puertas o elementos de acceso al ganado. En el caso de transporte de ganado, el certificado o talón emitido por el centro de limpieza y desinfección tendrá validez desde el precintado del vehículo hasta la finalización del primer traslado de ganado posterior a la rotura del precinto. No obstante, por la autoridad competente se podrá poner un plazo máximo de validez del precinto (art. 5 del Real Decreto 1559/2005).
En el artículo 7 del mismo Real Decreto no dice La limpieza y desinfección de vehículos dedicados al transporte, por carretera, de animales de producción o de productos para la alimentación de dichos animales, solo podrá realizarse en los centros autorizados y conforme a lo previsto en la norma. La única excepción que existe es cuando se cumpla los requisitos del artículo 50 de la Ley 8/2003 Sanidad Animal.

DESINFECCION JUNTA ANDALUCIA
En el artículo 9.C del Decreto 287/2010, de 11 de mayo, por el que se crea el registro de transportistas y medios de transporte de animales vivos de Andalucía y se regulan el procedimiento y requisitos para su autorización y registro, nos dice: Llevar durante el transporte, la documentación correspondiente a la autorización como transportista o copia debidamente diligenciada por la autoridad otorgante y original a la que corresponda al medio de transporte, así como el certificado oficial de movimiento, documentación sanitaria y de identificación de los animales, con el documento acreditativo de limpieza y desinfección, y la certificación de competencia de la persona conductora o cuidadora, responsable del bienestar de los animales durante el transporte, de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento (CE) núm. 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004. Los medios de transporte para el transporte de abejas de la miel, aves domésticas y conejos también deberán mantener un registro de actividad de los contenedores utilizados para dichos transportes.
Orden de 29 de abril de 2015, por la que se regula la ordenación zootécnica, las condiciones de bienestar animal, sanitarias y de movimiento de los équidos y de las explotaciones equinas, y su inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, en su artículo 9 sobre Autorización para la limpieza y desinfección de los medios de transporte, nos dice:

1. Para el movimiento de los équidos dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía que se realicen sin ánimo de lucro y que estén amparados por su documento de identificación equina, los titulares de los medios de transporte o, en el caso de que el medio de transporte figure a nombre de una persona jurídica, el conductor del mismo, podrán realizar la tarea de limpieza y desinfección de los medios de transporte debidamente registrados, y, en todo caso, el vehículo deberá estar limpio en la explotación de origen antes de la carga de los animales. Para ello se deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) La persona titular del medio de transporte o conductora del mismo deberán estar en posesión del carné de aplicador de biocidas para la higiene veterinaria de nivel cualificado, de conformidad con el artículo 2.b).2 del Decreto 161/2007, de 5 de junio, por el que se establece la regulación de la expedición del carné para las actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios y biocidas.
b) La realización de las operaciones de limpieza y desinfección en cada medio de transporte quedará justificada mediante la emisión de la declaración responsable de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de équidos sin ánimo de lucro recogida en el Anexo I de la presente Orden. En la mencionada declaración quedarán reflejados los códigos de la explotación de origen y de destino y la identificación individual de cada uno de los animales transportados. El talonario de la declaración responsable de limpieza y desinfección debe constar de una hoja autocopiativa con dos ejemplares, uno de los cuales se conservará por la persona titular del medio de transporte durante un plazo de tres años, a disposición de la autoridad competente, y el otro se acompañará en el movimiento.

2.Para el resto de los movimientos de équidos dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía se cumplirá lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 287/2010, de 11 de mayo, por el que se crea el registro de transportistas y medios de transporte de animales vivos de Andalucía y se regulan el procedimiento y requisitos para su autorización y registro.

¿Cuándo no es necesario el Certificado de Desinfección?
Artículo 50.1 de la Ley 8/2003, de 24 de abril de Sanidad Animal nos dice: …Dicho certificado no será preciso cuando se trasladen animales de producción, óvulos, semen o embriones, de una explotación a otra, siempre que el titular de ambas y del ganado, óvulos, semen o embriones, sea el mismo, que dichas explotaciones se encuentren radicadas dentro del mismo término municipal, y que una de ellas no sea un matadero o un centro de concentración.

En situaciones de crisis o riesgo sanitario, en especial en caso de sospecha o confirmación dentro del municipio de una enfermedad de declaración o notificación obligatoria, la autoridad competente podrá suspender por el tiempo necesario esta excepción, estableciendo la necesidad de certificación sanitaria para tales movimientos.

¿Qué datos se debe hacer constar en el talón de desinfección?
De acuerdo con el Anexo III del REAL DECRETO 1559/2005, de 23 de diciembre, sobre condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero, nos dice:

Numero de certificado o talón. Localización del centro de limpieza y desinfección (comunidad autónoma, provincia y municipio). Número de registro de inscripción del centro. Matricula del vehículo. Nombre, apellidos y DNI del titular del vehículo o transportista. Plaguicida-biocida de uso ganadero utilizado. Numero de precinto. Fecha y hora de finalización de las tareas de limpieza y desinfección. En el caso de vehículos de transporte de ganado, numero o código de autorización del vehículo. Certificado del responsable del centro de limpieza y desinfección (incluido el nombre y apellidos del responsable) de vehículos de transporte por carretera en el sector ganadero, comprensivo que, en la fecha y hora indicadas se ha procedido en el citado centro a la limpieza y desinfección del vehículo, así como a la colocación del precinto o precintos sobre las puertas o elementos de acceso del ganado, productos para la alimentación animal o subproductos, a la estructura de carga del vehículo. Sello del centro. Lugar, fecha y firma.

El 19 de marzo del 2012 la Junta de Andalucía realizó una instrucción sobre la limpieza y la desinfección de vehículos de transporte de equidos sin ánimo de lucro.

En dicha norma establece algunas condiciones para que el transportista pueda realizar la desinfección del medio de transporte, siendo las siguientes:

·         El transporte se realiza dentro del ámbito de la comunidad autónoma de Andalucía.
·         La persona titular de los animales y del medio de transporte coinciden.
·         La persona titular de los animales dispone del carné de aplicador de biocidas de la higiene veterinaria de nivel cualificado.
·         El transporte no se realice con ánimo de lucro.
·         Se transporten como máximo dos équidos.

Una vez realizada la desinfección deberá realizar la Hoja de Control de Limpieza y Desinfección.

Modelo del Documento.-

Orden de 29 de abril de 2015, por la que se regula la ordenación zootécnica, las condiciones de bienestar animal, sanitarias y de movimiento de los équidos y de las explotaciones equinas, y su inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, en su Anexo I.-

Para una próxima entrada pondremos el documento que hay que llevar.

viernes, 23 de febrero de 2018

Nueva Normativa Campamentos Turisticos de Andalucia



La Junta de Andalucía aprueba un decreto para ordenar los Alojamientos Turisticos y las áreas de las autocaravanas.

Esta nueva norma es el Decreto 26/2018, de 23 de enero, de ordenación de los campamentos de turismo y de modificación del Decreto 20/2002, de 29 de enero, de Turismo en el Medio Rural y Tursimo Activo.

Ya lo tengo imprimido para leerlo, pero todavía no he tenido tiempo para comenzar a leerlo, pero según he leido en varias páginas web dicho decreto adapta la normativa autonómica a los nuevos formatos de alojamiento y garantiza la calidad de los servicios que ofrecen al visitante, estableciendo una clasificación para los campings mediante estrellas y regula, por primera vez, las áreas de autocaravanas. 
El tema de las autocaravas, es un problema en la Aldea de El Rocío (Huelva), ya que se encuentra en las inmediaciones un Camping, al cual puede estar afectando, además de la visión en la zona próxima a la ermita de la Virgen del Rocío, como del Parque Nacional de Doñana, de una gran cantidad de estos vehículos, los cuales no dan una imagen acorde con la zona en la que están.

Este Decreto deroga al anterior siendo el Decreto 164/2003, de 17 de junio , de ordenación de los campamentos de turismo.

En este decreto se basa la Ordenanza del Ayuntamiento de Almonte por lo que se tendrá que poner las pilas para regular dicho sector. Mi opinión de la Ordenanza la omito.


jueves, 22 de febrero de 2018

Feria Agroganadera de Rociana del Condado

Hace un par de fines de semana se celebró como otros años la X Feria Agroganadera y Comercial de Rociana del Condado (Huelva), que lleva celebrandose varios años. 
Como nunca había ido, el domingo decidimos mi mujer y yo, ir a dar una vuelta, y hay que reconocer que estuvo muy bien.
Ya nada más llegar al Rociana, observamos unos aparcamientos, que estaban muy organizados por el personal a su cargo, y preocupandose por que dejara el coche perfecto para que no tuviera ningún problema. Cuando voy a pagarle me dice, que no que es gratuito, pero la verdad que con la ganas que había puesto el hombre le di un euro, el cual me dijo que no, pero insistí.

Después continuamos hacía los stand de ropa, comida y restos que había, y lo que es del Cesar...; estuvo todo muy bien, además me encontré algún stand de amigos de Almonte (Huelva).

Me pareció todo muy bien, tengo que reconocer que como fuimos un poco tarde, no pudimos ver todos los stand, pero me llevé esta feria una gran sorpresa.

En temas de seguridad, se vio por la zona tanto vehículos de la Policía Local como de la Guardia Civil.

Esta feria, es un ejemplo a seguir. 




miércoles, 24 de enero de 2018

MANIFESTACION EL 3 DE FEBRERO EN SEVILLA



La plataforma de Justicia Salarial de Policías y Guardias Civiles (Jusapol) convoca una manifestación para el día 3 de febrero en Sevilla para «dar un paso adelante» en la equiparación salarial.

Según ha informado la asociación, después de la masiva manifestación que se llevó a cabo el 20 de enero en Barcelona, que tuvo una asistencia de 160.000 personas --datos de la organización--, se ha convocado una segunda concentración, que se realizará frente a la sede del Parlamento de Andalucia el 3 de Febrero a las 12.00 horas. 

A la misma, la plataforma invita a todos los políticos de la Cámara andaluza, a través de osoigo.com, a que se unan y apoyen sus reivindicaciones. El objetivo de esta manifestación, entre otras cosas, es «dar un paso adelante» en la equiparación salarial de Policía Nacional y Guardia Civil con otros cuerpos. «Las diferencias pueden llegar en algunos casos a 600 euros», ha asegurado. 


MISMO TRABAJO - MISMO SALARIO

domingo, 21 de enero de 2018

Fotografias del Sabado de Romería 2017


Voy un poco atrasado con las fotografias, actualmente voy viendo las fotos de Junio-2017, en ellas he visto las realizadas en el Sábado de la Romería y he decidido poner algunas.

 
 







martes, 16 de enero de 2018

Farmacias de Guardia en Almonte

El otro día fui a una de las farmacias que hay en la localidad de Almonte (Huelva) y después de comprar alguna que otro producto me diero una tira de cartón muy útil donde se encontraban todas las guardias de las farmacias que existen en Almonte. Y pensé primero realizar una entrada con todas las farmacias y posteriormente realizaré un archivo de excel para buscar y posteriormente saber que día se encuentra una farmacia de guardia.

Los datos de las farmacias de guardia:


FARMACIAS DOMICILIO TELEFONO
CTRA. DEL ROCIO Carretera del Rocio 13 959 45 08 39
CARRION PEREZ Calle Niebla 4 959 40 61 59
CENTRO ALMONTE Calle Luis Benjumea, 30 959 40 66 10
CHAPARRAL Calle la Palmosa, 27 959 45 05 09
MORA Calle Cardenal Almaraz, 3 959 45 00 81
BAÑEZ PEREZ Avda. de los Cabezudos 5 959 40 67 58




jueves, 23 de noviembre de 2017

Función Indirecto de Microsoft Excel

Vamos a explicar la Función Indirecto de Microsft Excel para posteriormente realizar un ejemplo para celdas desplegables.

La función INDIRECTO en Excel nos ayuda a obtener una referencia a una celda o a un rango de celdas. Puedes utilizar esta función para crear una referencia que no cambiará aun cuando se inserten filas o columnas a la hoja de Excel.


En esta primera fotografía vemos una lista con nombres, apellidos y edades. Pero igualmente tenemos otras dos celdas, en una pone Indirecto y otra pone Celda.
 Y debajo de la celda H3 pondremos la celda que queremos para hacer referencia y nos dará el valor o texto que se encuentre en la celda puesta. Y en la celda F2 ponemos la siguiente fórmula

=Indirecto(H3)



Aquí tenemos otro ejemplo en el que tenemos unos valores numéricos e introduciendo en B1 la columna, en B2 la fila y posteriormente introducimos la fórmula siguiente en B3

=Indirecto(B1&B2)

En la Hoja1 y en la Hoja2 hemos efectuado una tabla en cada hoja. Posteriormente en la Hoja3 hemos formado una tabla en la que los encabezados son Hoja, Columna, Fila y el Valor, que en esta última celda pondremos la fórmula siguiente:

=Indirecto(A2&"!"&B2&C2)

A lo mejor os extraña el signo !, pues recordemos que cuando hacemos referencia desde otra hoja a una celda de una determinada hoja la referencia siempre es de esta forma:

Hoja1!B2