miércoles, 31 de enero de 2024

Jubilación

 Este post se ha cogido de Likelink, del perfil de  Izaskun García Parada:

LA JUBILACIÓN CADA VEZ MÁS LEJANA.


Sí, la EDAD de JUBILACIÓN para este año VUELVE A INCREMENTARSE. Nuevamente deben distinguirse dos opciones en función de los años de cotización acumulados:


1. Las personas trabajadoras que hubieran cotizado 38 años (o más) podrán jubilarse a la edad de 65 años. Es decir, para este año se exigen 3 meses más que en el año anterior.
2. Quienes hubieran cotizado menos de 38 años, podrán hacerlo cuando tengan cumplidos 66 años y 6 meses de edad, 2 meses más que en 2023.


En todos los casos es condición sine qua non haber cotizado un mínimo de 15 años, y que 2 de ellos se hayan producido en los 15 inmediatamente anteriores a la solicitud. Además, para poder cobrar el máximo de la pensión serán necesarios 36 años y 6 meses cotizados a la Seguridad Social.


La finalidad de la norma es que para el año 2027 la edad de jubilación sea de 67 años o de 65 cuando se acrediten 38 años y 6 meses cotizados, pues así viene establecido en el artículo 205.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS).


El cambio también afecta a la jubilación anticipada voluntaria e involuntaria:


En el primer caso, de acuerdo con el artículo 208 del TRLGSS, solamente podrán hacerlo las personas que tengan cumplidos 64 años y 6 meses de edad (2 años menos de los requeridos para acceder a la jubilación ordinaria) y tengan menos de 38 años cotizados. En cambio, aquellos que tengan 38 años cotizados (o más), podrán solicitarlo cuando alcancen la edad de 63 años. En ambos supuestos, para poder ser beneficiario de la pensión de jubilación anticipada voluntaria es necesario cumplir con un periodo mínimo de cotización de 35 años.


Para el caso de la jubilación anticipada involuntaria, que tiene lugar por las causas no imputables a la persona trabajadora en los términos previstos en el artículo 207 TRLGSS, será posible a partir de los 62 años y 6 meses de edad en el caso de tener menos de 38 años cotizados, o a partir de los 61 si se cuenta con 38 meses (o más) de cotización a la Seguridad Social. En este caso además es necesario tener un periodo mínimo de cotización de 33 años (de los cuales, al igual que para la voluntaria, al menos 2 deberán estar comprendidos en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación).


En el caso de la jubilación parcial con contrato relevo, la edad mínima será de 64 años con 33 años o más cotizados, y de 62 años y 6 meses con 36 años o más de cotizados.


👨🏽‍💻 Infografía de la mano de Mikel Herce González, que se ha encargado de resumir en una imagen el texto que os comparto.




jueves, 18 de enero de 2024

Plan Especial de Tráfico para las Peregrinaciones de Triana, Pilas, Gibraleón y Villanueva del Ariscal

 El Ayuntamiento de Almonte ha establecido un Plan Especial de Tráfico en El Rocío para las Peregrinaciones de Triana, Gibraleón y Villanueva del Ariscal.


Recordar que ese fin de semana se encuentra prohibido todos los estacionamientos en el interior de la Aldea, solamente se podrá estacionar en los aparcamientos habilitados por el Ayuntamiento de Almonte.

miércoles, 17 de enero de 2024

Bando Municipal de Almonte para la Peregrinación de las Hermandades de Triana, Pilas, Villanueva del Ariscal y Gibraleón

 Ya ha puesto el Ayuntamiento de Almonte el Bando Municipal para la peregrinación de las Hermandades de Triana, Pilas, Villanueva del Ariscal y Gibraleón.







Todos los años son muy parecidos, para reseñar:

- Para la emisión o el retorno de las Guías de Transportes de équidos se habilitará una oficina (OCA) en la Concejalía de El Rocío el domingo 28 en horario de 11horas a 13 horas y de 16 horas a 19 horas.

- Los estacionamientos están prohibido en toda la Aldea desde el viernes 26 desde las 15 horas hasta el domingo 28 a las 15 horas.


lunes, 15 de enero de 2024

Información Sobre Aplicación Ses.Hospedaje

En relación con la normativa del Estado Español sobre la aplicación de SES.HOSPEDAJE, el Ministerio del Interior comunica lo siguiente: 

De conformidad con la nota de prensa de este Ministerio del Interior de 19 de diciembre de 2022, la plataforma de SES.HOSPEDAJE inició sus operaciones el día 02 de enero de 2023, estableciendo un periodo de adaptación al nuevo entorno, de 5 meses de duración, hasta el 2 de junio de 2023.

Después de los trabajos llevados a cado hasta el momento, habida cuenta de la complejidad técnica del desarrollo y del volumen de operaciones de tratamiento que lleva aparejada su implementación, con la finalidad de mantener el alto nivel de garantías y salvaguardas de los derechos de todos los sujetos obligados y de las personas interesadas, así como, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las exigencias legales y reglamentarias establecidas, se amplió el periodo de adaptación hasta el 31 de enero de 2024.

En línea con lo anterior y persiguiendo idénticos objetivos se amplia el periodo de adaptación hasta el 1 de octubre de 2024.


viernes, 12 de enero de 2024

Permiso de Lactancia y Aumento del Subsidio por Desempleo

 Esta información se encuentra recogida del perfil de Likelink de Izaskun García Parada

✌🏻 PERMISO DE LACTANCIA UNIVERSAL

Para poder solicitar este permiso hasta el 20 de diciembre teníamos que ajustarnos a unas reglas establecidas en el convenio colectivo o en el acuerdo entre empresa y persona trabajadora.

Ahora, con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 7/2023 se modifica el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores y, desde el 21 de diciembre, se recoge un permiso de lactancia “universal” para todas las personas trabajadoras sin importar que exista acuerdo al respecto.

¿En qué consiste el permiso?

Los/as empleados/as podrán ausentarse 1 hora del trabajo, que podrán dividir en 2 fracciones para el cuidado del lactante hasta que cumpla 9 meses (o hasta que cumpla 12 con reducción proporcional del salario desde que cumpla 9 meses cuando ambos progenitores trabajen).

Opcionalmente podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora o acumularlo en jornadas completas.

✌🏻AUMENTA EL SUBSIDIO POR DESEMPLEO

La cuantía del subsidio se incrementa pasando de los 480 euros actuales a 570 euros en los seis primeros meses, 540 euros en los siguientes seis meses y en 480 euros el resto de la duración de la prestación.

Además, ya no será necesario esperar un mes desde el fin de la prestación por desempleo para poder solicitarlo.

También se regula la compatibilidad del subsidio con el empleo hasta 180 días, como fórmula para facilitar la transición al mercado de trabajo de las personas desempleadas.

😉En los próximos días seguiremos ampliando la información, síguenos para estar bien informado.

👨🏽‍💻 Infografía de la mano de Mikel Herce González que se ha encargado de resumir en una imagen el texto que os comparto.



martes, 9 de enero de 2024

Función Microsoft Excel BDExtraer

 En este caso vamos a ver el la función de Microsoft Excel BDEXTRAER.

Esta función es de búsqueda en una base de datos que tengamos en una hoja de Microsoft Excel.

En la descripción de la función nos dice:

Que nos extrae un único valor de una columna de una lista o una base de datos que cumple las condiciones especificadas.

Sintaxis:


BDEXTRAER(base_de_datos, nombre_de_campo, criterios)

Argumentos.

Base_de_datos:    Obligatorio. El rango de celdas que compone la lista o base de datos. Una base de datos es una lista de datos relacionados en la que las filas de información son registros y las columnas de datos, campos. La primera fila de la lista contiene los rótulos de cada columna.

Nombre_de_campo: Obligatorio. Indica qué columna se usa en la función. Escriba el rótulo de la columna entre comillas, como por ejemplo "Edad" o "Rendimiento", o un número (sin las comillas) que represente la posición de la columna en la lista: 1 para la primera columna, 2 para la segunda y así sucesivamente.

Criterio Obligatorio. Es el rango de celdas que contiene las condiciones especificadas. Puede usar cualquier rango en el argumento criterios mientras este incluya al menos un rótulo de columna y una celda debajo del mismo en la que se pueda especificar una condición para la columna.

Tenemos la siguiente Tabla:



Primer Ejemplo:

Introduciendo el número de ID nos devuelva el Salario.




En la celda H2 vamos a introducir un valor de ID para buscar.
En la celda I2 vamos a introducir la siguiente fórmula:

=BDEXTRAER(Tabla1[#Todo];"SALARIO";H1:H2)

El primer argumento es toda la tabla incluido los encabezados.
El segundo argumento es el nombre del campo.
El tercer argumento son los títulos que hemos puesto en las columnas H e I.

Segundo Ejemplo:


Vamos a buscar las personas que tienen un salario superior a 40000. El problema radica en que si hubiese varios nos daría un error.
Hemos introducido la siguiente fórmula:

=BDEXTRAER(Tabla1[#Todo];2;H7:H8)

En este caso la diferencia radica que hemos puesto un 2 para que nos de el Nombre de nuestra tabla que ocupa la segunda columna de la tabla.




Tercer Ejemplo:

Esta vez pondremos dos argumentos de busqueda.



La fórmula utilizada es la siguiente:

=BDEXTRAER(Tabla1[#Todo];J11;H11:I12)

Esta vez hemos puesto el campo de busqueda  mediante una celda que ha sido J11. Y los criterios hemos elegido dos campos con sus títulos.