En la web del Ayuntamiento de Almonte podemos encontrar el Bando Municipal publicado para estas navidades.
Por supuesto hay que resaltar las medidas previstas por la Junta de Andalucía por el Covid. El Bando nos dice exactamente:
1.- Las mascarillas son de uso obligatorio para todas las personas desde seis años en adelante que se encuentren en la vía pública (incluidas las terrazas), en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público (bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos de ocio y esparcimiento), aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros.
2.- Así mismo, las mascarilla es de uso obligatorio en los medios de transporte públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
Del mismo modo, las personas que utilicen carruajes, caballos u otro equino como medio de transporte estarán de igual modo obligados al uso de mascarilla.
3.- La mascarilla deberá mantenerse puesta en todo momento en el que no sea incompatible con la actividad que se realiza, incluso sentados en la mesa, mientras no se consuma.
* Las terrazas son consideradas vía pública y, por lo tanto, la mascarilla será de uso obligatorio.
* Se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios abiertos o cerrados privados (viviendas, casas de Hermandades, etc), cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.
4.- Se debe mantener una distancia social de dos metros siempre que sea posible.
5.- Se debe mantener una correcta ventilación de todos los espacios en los que se encuentren personas para evitar elevar la carga viral en el entorno. Esto es, mantener abiertas puertas y ventanas de todos los espacios cerrados mientras haya agrupación de personas, así como con posterioridad a esta.
También hay que resaltar el comienzo, por parte del ayuntamiento, para tomar medidas contra la clandestinidad del uso de las viviendas de la Aldea con fines comerciales como casas rurales, alojamientos turísticos u otros fines similares. El Bando nos dice exactamente:
Se hace especial mención a la prohibición de hacer uso de las Casas Hermandades diferente al fin contemplado en el PGOU. De igual modo, queda expresamente prohibido destinar viviendas particulares con fines comerciales como casas rurales, alojamientos turísticos u otros fines similares.
El resto de medidas consideradas por el Ayuntamiento de Almonte las tenéis en el propio Bando Municipal.
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