viernes, 27 de septiembre de 2019

Silla Gaming Drift DR-75

Recientemente me he comprado para mi oficina una silla Gaming, exactamente de la marca Drift, y el modelo Dr-75, el color elegido ha sido blanca y negra.

Me la he comprado en la tienda de MediaMark en Huelva.

Características:

- Es una silla bastante alta, con el objeto de si me apetece poder apoyar la cabeza en el respaldo.
- Posee unos reposabrazos abatibles, pudiendo desplazarlos hacía atrás para ganar espacio y amplitud de movimientos.
- Con acabados de fibra de carbono y realizado con materiales premium, contando con una robusta estructura recubierta de FOAM acolchado y poliuretano de primera calidad.
- Viene equipada con un pistón de gas de clase 4 que aporta una gran seguridad y estabilidad en todas las posiciones.
- Viene con cinco ruedas, que parecen que son de buena calidad, por lo menos son pesadas.
- Se encuentra acolchada en todas las áreas de contactos, siendo muy cómoda.
-Con el sólido sistema de pistón de gas de las sillas Drift, podrás regular y ajustar la altura más conveniente para tu espacio de juego o trabajo a lo largo de todo el recorrido que permite la silla.
- La silla es reclinable, según las especificaciones un 15%.
- Esta silla las tiene en distintos colores, la mía es blanca y negra.

Especificaciones Técnicas (obtenido de la web):

- Material externo PU (poliuretano) suave de alta calidad
- Material interno Foam de densidad 30kg /m3
- Reposabrazos Abatibles (90º) | Acolchado extra de PU (poliuretano)
- Base Tipo: estrella | Material: nailon | Dimensiones: 350mm
- Ruedas Material: nailon | Diámetro: 50mm
- Elevador Pistón de gas de 80 mm | Clase 4 | Incluye embellecedor
- Funciones Función giratoria | Función basculante 15º | Incluye sistema de bloqueo
- Medidas generales 66 x 53 x 115-123 cm (largo x ancho x altura)
- Colores disponibles Negro, verde, rojo, blanco, naranja, azul, negro-blanco
 - Peso (silla) 15.1 Kg
- Peso máximo soportado 120 kg (Peso máximo permitido con el respaldo en posición vertical).

Decir que es lo suficientemente alta como para apoyar la cabeza en el respaldar, decir que mido aproximadamente 175 centimetros.

La silla es muy cómoda, se puede estar sentado varias horas en ellas, y no notas incomodidad.




martes, 24 de septiembre de 2019

Periodos de caza hábiles temporada 2019-20120 en Andalucía

En el portal de Caza de la Junta de Andalucía tenemos la Resolución de 6 de mayo de 2019, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se publican los periodos hábiles de caza para la temporada 2019/2020.



(1) Se podrán utilizar perros a partir del 11 de agosto. Se podrá ampliar hasta el 15 de diciembre, solo jueves, sábados, domingo y festivos, en terrenos donde existan daños habituales a la agricultura, siempre que se autorice expresamente en el plan técnico de caza. Desde el 1 al 24 de noviembre el cupo máximo será de 3 piezas por persona cazadora y día. 

(2) Palomas cazables: torcaz, zurita y bravía. 

(3) A partir del día 1 de enero, sólo desde puesto fijo. 

(4) De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 581/2001, de 1 de junio, (BOE núm. 143 de 15 de junio de 2001) y Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, queda prohibida la tenencia y el uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza y el tiro deportivo, cuando estas actividades se ejerzan en zonas húmedas incluidas en la Lista del Convenio relativo a Humedales de Importancia Internacional, en las de la Red Natura 2000 y en las incluidas en espacios naturales protegidos, así como en el Inventario de Humedales de Andalucía. 

(5) Se podrán seguir corriendo liebres con galgos atraillados y cazando liebres con azor y águila harries hasta el 26 de enero. - Perdices, ánades reales, faisanes, codornices, paloma zurita y paloma bravía, objeto de suelta en escenarios de caza deportiva hasta el 29 de marzo. - En cotos intensivos y escenarios para la práctica de modalidades, perdices, ánades reales, faisanes, paloma zurita y paloma bravía objeto de suelta hasta el 26 de abril, y codornices durante todo el año, pudiendo practicarse exclusivamente mediante las modalidades de caza al salto, en mano, desde puesto fijo, aguardo, cetrería y ojeo. 

(6) Durante la práctica de la caza de cualquier especie cinegética, en las zonas, períodos y días hábiles establecidos en la presente Orden para las mismas y con sujeción a los cupos de capturas y modalidades aprobadas en los correspondientes planes técnicos de caza, se podrá también cazar el zorro desde el inicio del periodo hábil de caza hasta el 29 de marzo. 

(7) Los períodos hábiles se agrupan a ámbitos territoriales geográfica y ecológicamente homogéneos, dando lugar a los siguientes grupos de Áreas Cinegéticas: Grupo 1.º: Andévalo, Campo de Tejada-Aljarafe, Pinares de Huelva, Marisma, Campiña de Cádiz, Alcornocales, Campiña del Valle del Guadalquivir, Sierra Subbética, Depresión de Granada, Desiertos y Valle Almanzora. Anexo PERIODOS HÁBILES DE CAZA EN ANDALUCÍA. TEMPORADA 2019/2020 00155058 Número 89 - Lunes, 13 de mayo de 2019 página 51 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja BOJA Grupo 2.º: Piedemonte de Subbéticas, Ronda-Grazalema, Los Pedroches, Sierra Morena, Sierra Sur de Jaén, Sierras de Cazorla, Depresión de Baza y Sierra de María y Estancias. Grupo 3.º: Tejeda-Almijara, Sierra Nevada, Depresión de Guadix y Sierra de Baza. - Los cotos de caza adscritos a las áreas cinegéticas de Depresión de Granada, Tejeda-Almijara, Sierra Nevada y Sierra de Baza (solo para cotos de la provincia de Almería), podrán optar entre el período hábil de caza de su grupo de áreas cinegéticas y el correspondiente al Grupo 2º. - Los cotos de caza incluidos en los términos municipales adscritos a las áreas cinegéticas de Sierra Nevada y Tejeda-Almijara que a continuación se relacionan, podrán optar entre el período hábil de caza del Grupo 1º y el comprendido entre el 7 de enero y el 17 de febrero. - Área cinegética Sierra Nevada: Almería, Adra, Berja, Ejido (El), Enix, Roquetas de Mar y Vícar (Almería); Albondón, Albuñol, Gualchos, Lújar, Motril, Polopos, Rubite, Sorvilán y Vélez de Benaudalla (Granada). - Área cinegética Tejeda-Almijara: Almuñécar, Ítrabo, Jete, Molvízar y Salobreña (Granada); Algarrobo, Málaga, Nerja, Rincón de la Victoria, Torrox y Vélez-Málaga (Málaga). - Los cotos de caza adscritos a las áreas cinegéticas de Desiertos y Valle de Almanzora, podrán optar entre el período hábil de caza de su grupo de áreas cinegéticas y el correspondiente al Grupo 2º, salvo los cotos incluidos en los términos municipales que a continuación se relacionan, que solo podrán optar entre el Grupo 1º y el comprendido entre el 7 de enero y el 17 de febrero. - Área cinegética Desiertos: Almería, Carboneras, Mojácar y Níjar (Almería). - Área cinegética Valle Almanzora: Cuevas del Almanzora, Garrucha, Mojácar, Pulpí y Vera (Almería). - Los cotos de caza adscritos al área cinegética de Ronda-Grazalema (solo para la provincia de Málaga) podrán optar entre el período hábil de su grupo de áreas cinegéticas y el correspondiente al Grupo 1º. 

(8) En los cotos de caza situados total o parcialmente en altitudes superiores a 1.500 metros, los titulares de los aprovechamientos cinegéticos podrán optar entre el período hábil de caza de su grupo o el que se detalla para estos cotos. En los apartados anteriores, el período de caza elegido deberá comunicarse a la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de medio ambiente con una antelación, al menos, de quince días a la fecha del primer día hábil de caza de la perdiz con reclamo de la provincia. El período elegido deberá mantenerse al menos durante el período de vigencia de un plan técnico de caza. 

(9) Además, el jabalí se podrá cazar todos los días de la semana en la modalidad de aguardo nocturno desde el 11 de agosto al 9 de febrero, en cotos de caza mayor y en cotos de menor con aprovechamiento secundario de mayor. 

(10) Las batidas podrán realizarse en los cotos que las tengan aprobadas en sus planes técnicos de caza únicamente del 1 de marzo al 31 de marzo. Aquellos cotos que han cumplido con los cupos previstos de la temporada anterior en el plan técnico de caza para las especies de caza mayor, ciervo, gamo y/o muflón, y establezcan y mantengan medidas efectivas para el control del cerdo asilvestrado, podrán solicitar la ampliación del rececho hasta el 31 de mayo. Asimismo, se podrá realizar la caza a rececho de hembras para el control de poblaciones desde el 15 de noviembre hasta el 15 de enero.


sábado, 7 de septiembre de 2019

Delegaciones en el Ayuntamiento de Almonte

En el Boletín Oficial de la Provincia del día 06 de agosto del 2018 se han publicado dos resuluciones, una de ellas establece las delegaciones en la Junta de Gobierno Local y otra en las que se le asigna determinadas funciones dependiendo de los Tenientes Alcaldes de nuestro municipio.

Me voy a centrar, en esta segunda resolución:

1.- Se le asigna a la Segunda Teniente de Alcalde doña Macarena Robles Quinta, Delegada de la Aldea de El Rocío; dentro de la gestión integral del núcleo urbano de El Rocío.

La gestión de los servicios de Planeamiento, licencias de obras, disciplina urbanística, actividad, obras municipales y licencias urbanísticas, incluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. 

La apertura y resolución de los expedientes sancionadores de disciplina urbanística.

La gestión, tramitación y concesión de las autorizaciones sobre actividades y licencias de apertura y funcionamiento. 

La adopción de los actos de ejecución y la tramitación de expedientes de restauración de la legalidad urbanística, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, en la Aldea de El Roció. 

La gestión integral del Patrimonio Municipal en el núcleo urbano de El Rocío.

2.- Atribuciones del Primer Teniente de Alcalde, don José Miguel Espina Bejarano, Delegado de Matalascañas, Urbanismo, Obras Municipales, Ordenación del Territorio, Disciplina, Licencias Municipales y Actividades; dentro de la gestión integral de los núcleos urbanos de Almonte y Matalascañas:


- La jefatura de los Departamentos incluidos en el ámbito de su delegación, en Almonte y Matalascañas. 

- La gestión de los servicios de planeamiento y licencias urbanísticas, incluyendo la facultad de 
resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. 

- La apertura y resolución de expedientes sancionadores sobre disciplina urbanística, apertura y funcionamiento de establecimientos y espectáculos, así como cualesquiera otros del ámbito de sus competencias. 

- La gestión, tramitación y concesión de las autorizaciones sobre actividades y licencias de apertura y funcionamiento. 

- La adopción de los actos de ejecución y la tramitación de los expedientes de restauración de la legalidad urbanística, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente. 

- La dirección y gestión del Departamento de Obras Municipales. 

- La gestión integral del n ̇núcleo urbano de Matalascañas, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 43.5.c) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el 

Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. 

En este caso, las resoluciones emitidas por la Delegación de Matalascañas, deberán estar coordinadas con las emitidas por las respectivas áreas genéricas de delegación, todo ello en garantía de la unidad de gobierno y gestión del municipio. 

- La gestión integral del Patrimonio Municipal, así como el control sobre la gestión del Inventario Municipal de Bienes, bajo la supervisión de la Secretaria General, excepto en el núcleo urbano de El Rocío. 

- La vigilancia y control sobre el cumplimiento de las Ordenanzas y Reglamentos Municipales relativos a las materias de su competencia. 

- La dirección, con la colaboración de la Secretaria General de este Ayuntamiento, de los empleados municipales asignados a los servicios incluidos en el ámbito de sus delegaciones. 

- La Facultad de emitir actos administrativos que afecten a terceros en el ámbito de sus competencias.

Quinta Teniente de Alcalde, doña Cristina Medina del Barco, Concejala Delegada de Turismo, Festejos y Usos Tradicionales, se le delegan las siguientes atribuciones:

1.- La jefatura de los departamentos incluidos en el ámbito de su delegación.

2.- La dirección, gestión, control y seguimiento de la celebración de los festejos populares que de forma tradicional o puntual se celebren en el termino municipal.

3.- La dirección, inspección y potenciación de las actividades turísticas a desarrollar en la localidad.

4.- Proponer la asistencia a ferias de turismo, jornadas y simposios relativos a la actividad turística, su fomento y difusión institucional.

5.- La dirección de las o! cinas de turismo existen tes en el termino municipal, así como la gestión de las ferias de promoción.

6.- La dirección, impulso y fomento de los usos tradicionales del entorno rural.

7.- El fomento de actividades relacionadas con usos tradicionales.

8.- El control e impulso de las actividades cinegéticas y pesqueras.

9.- La vigilancia y control sobre el cumplimiento de las Ordenanzas y Reglamentos Municipales relativos a las materias de su competencia.

10.- La dirección, con la colaboración de la Secretaria General de este Ayuntamiento, de los empleados municipales asignados a los servicios de su competencia.

11.- La Facultad de emitir actos administrativos que afecten a terceros en el ámbito de sus competencias.


En doña Icíar Azabal Delgado, Concejala Delegada de Agricultura, Ganadería, medio Ambiente, Caza y Pesca y Aprovechamientos Forestales, se le delegan las siguientes atribuciones:

1.- La jefatura de los departamentos incluidos en el ámbito de su delegación.

2.- La dirección y gestión del Departamento de medio Ambiente, en coordinación con los criterios establecidos por el Departamento de Urbanismo y Ordenación del Territorio. 

3.- La especial protección del entorno rural, fomentando su repoblación, especialmente en zonas de propiedad municipal. 

4.- La protección de la naturaleza y el paisaje, as

Ì como el control de la contaminación atmosférica y acústica, incluyendo la adopción de las medidas necesarias para su defensa y control. En especial se le atribuye el control de la gestión y evacuación de los residuos potencialmente contaminantes o peligrosos para la salud publica. 

5.- El fomento y desarrollo de cuantas actividades y medidas sean necesarias en el ámbito de la educación ambiental. 

6.- El control de la adecuada gestión de los residuos solidos urbanos, escombros, plásticos agrícolas y demás elementos contaminantes. 

7.- La dirección de las relaciones con la Oficina Comarcal Agraria y, en general, con los agricultores de la localidad y sus entidades asociativas

8.- El fomento de iniciativas empresariales favorecedores de la creación de empleo en el sector agrícola. 

9.- El incentivo de todos los cauces que sirvan para promover y desarrollar los cultivos agrícolas en nuestra localidad, principalmente en los sectores de mayor demanda de empleo agrario. 

10.- La promoción de las actividades dentro del Comité de Agricultura Ecológica. 

11.- El impulso, dirección y coordinación de los procedimientos de calidad. 

12.- El fomento de las actividades ganaderas. 

13.- El control e impulso de las razas animales autóctonas, así como el desarrollo y fomento de las mismas. 

14.-La vigilancia y control sobre el cumplimiento de las Ordenanzas y Reglamentos Municipales relativos a las materias de su competencia. 

15.- La dirección, con la colaboración de la Secretaria General de este Ayuntamiento, de los empleados municipales asignados a los servicios de 
su competencia. 

16.- La Facultad de emitir actos administrativos que afecten a terceros en el ámbito de sus competencias.