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馃馃捈 Monitor desde 2005
⚠️ El 30/11/2021, la empresa abri贸 expediente disciplinario por faltas graves, con 10 d铆as para alegaciones (recibidas el 02/12/2021)
⛔ La empresa desestim贸 las alegaciones y resolvi贸 el despido
Hechos imputados
馃搮 El 16/11/2021, hizo comentarios sexuales y ofensivos hacia una educadora en pr谩cticas, frente a vigilantes y menores
❌ Comentarios como:
“Mira, si preguntas por ah铆 te dir谩n que estos chicos har铆an cualquier cosa contigo”
“No te f铆es, que estos chicos est谩n en plena edad y t煤 eres la novedad”
“Mejor que no te quedes sola, no vaya a ser que se confundan y se piensen que esto es otra cosa”
“los menores se masturban pensando en ti cuando no est谩s"
"no te lo tomes a broma que lo que hacen es pajearse pensando en la educadora. Eso es lo que te espera si vas a trabajar como educadora"
"tienes que ver a menores mientras se masturban en su habitaci贸n cuando pases por la puerta. Un menor se ha hecho cuatro o cinco pajas pensando en ti"
"¿qu茅 te crees que desde que has llegado los ni帽os no se han hecho pajas a costa tuya o pensando en ti?”
馃檷♀️ La educadora se sinti贸 inc贸moda y redact贸 un informe
Consecuencias
馃槨 Situaci贸n inc贸moda y quejas de personal
⚡ Atentaron contra la dignidad de la educadora y da帽aron la imagen de la entidad
馃洃 脡l aleg贸 que fueron “comentarios sacados de contexto” y defendi贸 que en el centro se dec铆an cosas similares
❌ La empresa rechaz贸 sus explicaciones, destacando la gravedad de los comentarios y subrayando que no eran ni anecd贸ticos ni habituales en el centro
⚖️ El trabajador demand贸 pero la instancia declar贸 el despido disciplinario procedente, ya que los hechos constituyeron una infracci贸n muy grave
馃檹 Recurri贸 alegando que la sanci贸n era desproporcionada
馃槺 Considera que la instancia no aplic贸 bien los arts. 54 y 55 ET, ni los arts. 42 y 44 del Convenio Colectivo de Empresa de C贸rdoba
馃摐 Pero en este caso, el despido se ajusta al art. 54 del ET y al Convenio Colectivo, donde se tipifican las ofensas verbales como causa de despido. El convenio a帽ade el maltrato verbal y abuso de autoridad hacia trabajadores y usuarios, lo que justifica la sanci贸n
馃懇馃彨 ¿Estas expresiones constituyen mal trato o una falta grave de mal trato, seg煤n el Convenio y el ET?
馃毃 El monitor hizo comentarios inapropiados hacia una educadora en pr谩cticas, lo que constituy贸 un abuso verbal y maltrato, afectando su dignidad y generando un desequilibrio de poder
馃挰 Sus expresiones fueron consideradas como una forma de abuso y maltrato verbal, ya que buscaban humillar y ridiculizarla, afectando su dignidad y generando un desequilibrio de poder en su relaci贸n laboral
⚖️ Este comportamiento fue incompatible con su rol en el centro y se consider贸 una violaci贸n de la confianza y la buena fe necesarias para su labor como monitor
馃敶 El TSJ desestim贸 el recurso, confirmando la procedencia del despido
馃搶 STSJ Andaluc铆a 19277/2024, 17/12/2024 N潞 rec. 4094/2022
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