miércoles, 30 de noviembre de 2022

Función Contara en Excel

 La función Contara lo que nos hace es contar las celdas no vacias de un rango que demos.

Esta función solamente tiene una argumento que es el valor, aquí podemos elegir un rango de celdas, que queremos que nos evalué y nos dará un valor entero de las celdas que se encuentran no vacías. Pero podemos ingresar en el valor cuantos rangos o tablas que queramos, ya que una vez que introducimos un rango, nos vuelve a salir otro argumento que cumple las mismas condiciones.



En el caso que nos ocupa vamos a contar el número de celdas no vacías tanto de las ciudades, como de los números.




viernes, 25 de noviembre de 2022

Creación de Tres Cards para Web con HTML5 y CSS3 con FlexBox

 En este caso hemos creado tres cards y para posicionarlas las hemos creado con FlexBox.

Por supuesto, las tres imágenes que he utilizado las he realizado con mi cámara 6D.



Hemos creado tres cards, las cuales poseen una imagen, un titulo, un texto y por supuesto un botón para que nos dirija a otra página donde se encuentra toda la información, y  las tres ocupan el mismo espacio, y los botones se encuentran alineados. Aunque, aquí no se puede observar, le he creado un efecto hover a los botones para que cuando me posicione con el ratón en cada botón cambie de color.

Como se observa cada card posee los bordes redondeados, pero están hechos de una forma, que los bordes de arriba de la imagen están redondeados, y los de abajo de la card también, utilizando distintas clases para ello.

Además, le hemos puesto una sombra a cada card que nos da una sensación de profundidad, y no nos hace que sean elementos planos.

Espero que os guste...


viernes, 18 de noviembre de 2022

Función Reemplazar de Microsoft Excel

 Ahora vamos a ver la función de Microsoft Excel llamada Reemplazar.

Esta función tiene varios argumentos:

- Primero: El Texto original de donde se va a reemplazar algún carácter.

- Segundo: La posición desde donde comenzará a reemplazar el texto.

- Tercero: El número de caracteres que se van a reemplazar.

- Cuarto: El texto por el cual se va a reemplazar.



Vamos con el ejemplo:

En una celda hemos puesto abcd123456, y en la celda donde vamos a insertar la función, lo que realizaremos es quitar los caracteres de letras que son abcd, y la fórmula nos quedará así:

=REEMPLAZAR(B17;1;4;"").

El primer argumento es la celda donde se encuentra el texto entero, el segundo argumento es que empezará en el carácter primero, el tercer argumento que reemplazará cuatro caracteres, y el cuarto argumento que lo sustituirá por vacío.

Y el resultado será los números menos las letras, es decir: 123456.


jueves, 17 de noviembre de 2022

Funcion de Excel - Hipervinculo

 Vamos a ver ahora la función Hipervínculo.

Está función lo que nos hace es crear un acceso directo tanto a una página web, archivo, carpeta...

La función posee dos argumentos:

El primero es la ubicación del vinculo y el segundo el nombre descriptivo.



Ahora vamos a proceder a crear un ejemplo:

En una celda pondremos Google al lado crearemos el hipervínculo para que cuando pulsemos nos abra el mismo.

El primer ejemplo nos abrirá la web de google.





En la celda de al lado hemos puesto la siguiente fórmula:

=HIPERVINCULO("https://www.google.es";"Google")

Vamos a realizar que nos abra una carpeta, y pondremos:

=HIPERVINCULO("D:\CANON";"Canon")

En mi caso lo que hará es ir al disco duro que posee la letra D y abrirá la carpeta de Canon.

Igualmente podemos hacer que nos abra un determinado archivo:

=HIPERVINCULO("E:\DOCUMENTOS\EXCEL\DEPORTES\DEPORTES.XLSM";"DEPORTES")

También podemos crear hipervínculos alguna parte de nuestro documento:

=HIPERVINCULO(Hoja2!D11;"Hoja2 Celda D11")

En este caso, el hipervínculo se irá a la Hoja2 y posteriormente a la Celda D11.


En este caso lo que me hará es irse a mi unidad con la letra E y a un directorio especifico y me abrirá el archivo Deportes.xlsm

También podemos realizar que nos abra nuestro software para enviar email con el siguiente ejemplo:

=HIPERVINCULO("mailto:Poner Nuestro Email";"Enviar Email")

lunes, 14 de noviembre de 2022

Documento de Transporte (Referencia Orden 29 de abril 2015)

Para este documento la Orden de 29 de abril de 2015, por la que se regula la ordenación zootécnica, las condiciones de bienestar animal, sanitarias y de movimiento de los équidos y de las explotaciones equinas, y su inscripción en el registro de explotaciones Ganaderas de Andalucía, en su articulo 7 sobre Movimiento de Équidos, nos dice:

1. Los movimientos de los équidos regulados por la presente Orden se realizarán conforme a lo establecido en los artículos 34 y 36 del decreto 65/2012, de 13 de marzo, por el que se regulan las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales, y en el artículo 6 del real decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el registro general de movimientos de ganado y el registro general de identificación individual de animales.

Estos artículos nos establecen cuando es necesario una guía de traslado, por supuesto, dependiendo del tipo de animal, si va a matadero o un centro de concentración, y también si el movimiento es dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía, o fuera de ella.

2. Los movimientos de équidos, según el ámbito del territorio donde se efectúen y el destino, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Movimientos dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía:

1.º en los casos en que los équidos se desplacen con fines turísticos, recreativos, culturales, de aprovechamiento de pastos, o con fines deportivos o de asistencia a un concurso morfológico, podrán circular libremente en un plazo inferior a 30 días naturales, estando amparados como únicos documentos de acompañamiento bien por el documento de identificación equina (DIE), o bien por la tarjeta de movimiento equina (TME) junto con el DIE, siempre que los animales retornen a la explotación de origen, no se realice un cambio de titularidad y los mismos figuren correctamente incorporados a la base de datos informatizada denominada Sistema Integrado de Gestión Ganadera de Andalucía (SIGGAn).

2.º en aquellos casos en que los équidos se desplacen entre explotaciones para fines distintos de los señalados en el apartado 1.º, o con destino a matadero o cebadero, llevando aparejado o no un cambio de titularidad, se establecen las siguientes requisitos:

i) Si el destino de los animales es un matadero o cebadero, será necesario la obtención de la guía conforme a lo establecido en el decreto 65/2012, de 13 de marzo, para de esta forma garantizar la trazabilidad en la cadena alimentaria. en el caso en que el destino sea matadero, sus condiciones específicas quedan reguladas en el artículo 8 de la presente Orden.

ii) Si el destino de los animales no es un matadero o cebadero, no será necesario la obtención de la guía de traslado en virtud del artículo 34.6 del decreto 65/2012, de 13 de marzo, siendo sustituida por el documento de movimiento de los équidos recogido en el artículo 6 del real decreto 728/2007, de 13 de junio, expedido a través del portal virtual SIGGAnnet o por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios.

b) Movimientos con destino fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía:

1.º Si lleva aparejado un cambio de titularidad del animal, o un movimiento a matadero o cebadero, será necesario la obtención de la guía conforme a lo establecido por el decreto 65/2012, de 13 de marzo.

2.º Si no se produce un cambio de titularidad, o movimiento a matadero o cebadero, puede darse las siguientes circunstancias:

i) Que los animales retornen a la explotación de origen en un plazo inferior a 30 días naturales, en este caso no será necesario la obtención de guía, siempre que los desplazamientos se realicen con fines turísticos, recreativos, culturales, de aprovechamiento de pastos, o con fines deportivos o de asistencia a un concurso morfológico, y el animal vaya acompañado del DIE y de la tarjeta de movimiento equina (TME), según lo dispuesto en el real decreto 577/2014, de 4 de julio, por el que se regula la tarjeta de movimiento equina.

ii) Que los animales retornen a la explotación de origen en un plazo igual o superior a 30 días naturales o que los desplazamientos se realicen con fines distintos de los señalados en el punto i) anterior, en este caso será necesario la obtención de la guía.

3. en situaciones de crisis o riesgo sanitario, en especial en caso de sospecha o confirmación de una enfermedad de declaración o notificación obligatoria, la dirección General con competencias en materia de ganadería podrá suspender por el tiempo necesario la aplicación del apartado 2.a), anterior, estableciendo la necesidad de la obtención de guía para tales movimientos.

jueves, 3 de noviembre de 2022

Documento de Transporte en PDF

 Como continuación a la anterior entrada, que os dije que iba a insertar el Documento de Transporte, lo he realizado con el software Microsoft Excel, pero para ponerlo aquí lo que he hecho es guardarlo como PDF.


Descargar Documento

En la próxima entrada pondremos que nos dice sobre este documento la Orden de 29 de abril de 2015, por la que se regula la ordenación zootécnica, las condiciones de bienestar animal, sanitarias y de movimiento de los équidos y de las explotaciones equinas, y su inscripción en el registro de explotaciones Ganaderas de Andalucía.